CREAMOS TU SOCIEDAD EN 48 HORAS POR SOLO 400 € *
PRIMER PASO:
Solicita el nombre definitivo para tu empresa.
Pide cinco nombres y en menos de 24 horas tendrás respuesta de si está disponible.
SEGUNDO PASO:
Enviar toda la información sobre los socios, el objeto social, domicilio social y capital social.
Constitución por 3.000 euros con aportación dineraria o no dineraria.
TERCER PASO:
Firma en una notaría de tu localidad.
* Para empezar, consulta de forma GRATUITA si el nombre que has pensado para tu sociedad está disponible.
Rellena este formulario y en breve nos pondremos en contacto contigo.
SOMOS Punto de Atención al Emprendedor, también conocido por sus siglas PAE. Hemos firmado un convenio con el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para poder actuar como tales.
Nuestra misión es «de facilitar la creación de nuevas empresas, el inicio efectivo de su actividad y su desarrollo, a través de la prestación de servicios de información, tramitación de documentación, asesoramiento, formación y apoyo a la financiación empresarial».
Todo lo hacemos a través del Sistema de Tramitación Telemática (STT).
Tenemos una doble misión:
- Prestar servicios de información y asesoramiento a los emprendedores para la creación de empresas con la mayor rapidez, diligencia y profesionalidad.
- Prestar servicios de asesoramiento integral en las áreas fiscal, contable y de trabajo.
Preguntas frecuentes
¿Por qué constituir una sociedad exprés?
La respuesta es el coste y la rapidez. El ahorro económico y de tiempo frente a una constitución tradicional es como mínimo de 500 euros y de 3 semanas, respectivamente.
¿Cual es el capital social que se puede aportar?
El capital social debe de ser 3.100 euros como máximo. Y dicho capital puede ser dinerario (aportando dicha cantidad en una cuenta bancaria provisional a nombre de la empresa) o no dinerario (aportando bienes materiales como elementos informáticos, mobiliario, …)
¿Se puede constituir en toda España?
La respuesta es sí. Los notarios también se adhieren voluntariamente a un convenio para poder crear este tipo de sociedades. Hay un buscador de notarios en toda España en el portal oficial de CIRCE.
¿Puede optar un socio trabajador por la capitalización del paro para constituir una SLNE o una SRL?
Sí, es posible. Se podrá destinar el 100% de la prestación capitalizada para realizar la aportación al capital de una SRL o SLNE nuevas o con menos de un año de funcionamiento, siempre y cuando se vaya a poseer el control efectivo de la sociedad, se vaya a ejercer en la misma una actividad profesional y se produzca un alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.
¿Qué debemos tener en cuenta a la hora de elegir la forma jurídica de una nueva empresa?
- La responsabilidad de los promotores. La responsabilidad puede ser:
- Limitada al capital aportado (ej: las sociedades anónimas, las sociedades de responsabilidad limitada etc.)
- Ilimitada, en esta caso afecta tanto al patrimonio empresarial como al personal (ej: empresario individual)
- El número de socios. En función de que sean 1 o varios los promotores la elección de la forma jurídica puede variar.
- El capital social aportado. Algunos tipos societarios exigen un capital mínimo.
- Aspectos Fiscales. Según el tipo elegido se tributará por IRPF o por impuesto de sociedades.
- Tipo de actividad. Habrá que tenerlo en cuenta para determinados casos en los que exista una normativa especial aplicable.
Es necesario asesorarse por un profesional con experiencia antes de tomar la decisión dada la complejidad tributaria y las implicaciones en el ámbito mercantil, contable y laboral.